Ramos de Seguros

AUTOMOTOR
El seguro de automotores parte de la cobertura de Responsabilidad Civil, pudiendo incluir coberturas de daños al vehículo por incendio, accidente y robo.

Todo siniestro estará dado cuando ocurra por causa de choque con otros vehículos o con con terceras personas, animales o cualquier otro agente externo y ajeno al mismo vehículo. También se amparan los daños materiales producidos por el fuego, rayo, tumulto, explosión, vuelco, despeñamiento e inmersión.

Existen dos modalidades de contratación:
• Individual: 1 o 2 vehículos.
• Flota Comercial: más de tres vehículos.

COMBINADO FAMILIAR
Cobertura realizada para la casa contra los riesgos más frecuentes que pueden suceder como: robo, incendio y otros. Además de garantizar la vivienda se protege los bienes que forman parte de ella. Coberturas que comprende:

INCENDIO
Daños materiales de todos los bienes por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión, humo que provenga del propio incendio en el bien asegurado o en las inmediaciones, de desperfectos en el funcionamiento de cualquier aparato que forme parte de la instalación de calefacción ambiental o cocina instalados en el bien asegurado y siempre que se hayan previsto los correspondientes conductos para evacuaciones de gases y humo.

a) Edificio
b) Contenido General

ROBO Y/O HURTO
Se indemnizará la pérdida por robo o hurto del mobiliario hallados en la vivienda, especificada en las condiciones particulares, y que sean de su propiedad, de los miembros de su familia que conviven con él, de sus huéspedes y/o de su personal doméstico. Se entenderá que existe ROBO cuando medie apoderamiento ilegítimo de los bienes con fuerza en las cosas o intimidación o violencia en las personas.

TODO RIESGO TV, AUDIO Y VIDEO EN DOMICILIO
Cubre las pérdidas materiales sufridas por robos. Se indemnizará según detalle entregado al momento de contratar la póliza.
a) Robo y/0 Hurto Objetos Específicos en Domicilio: Cubre las pérdidas materiales sufridas por robos. Se indemnizará según detalle entregado al momento de contratar la póliza.

b) Seguro Técnico para Computadoras: Los equipos de computación únicamente se cubrirán los daños originados por fallas eléctricas. c) Bienes No Asegurados: Moneda (papel o metálico), oro, plata y otros metales preciosos excepto alhajas, perlas y piedras preciosas no engarzadas, manuscritos, documentos, papeles de comercio, títulos, acciones, bonos y otros valores

d) Accidentes Personales: Cuando el asegurado de la póliza algún accidente originando la muerte o invalidez permanente o temporaria, total o parcial.

e) Cristales: Rotura o rajadura de cristales, vidrios, espejos colocadas en forma vertical.

f) Responsabilidad Civil Linderos: Daños ocurridos a un tercero como consecuencia de la acción directa o indirecta del fuego y/o explosión. Está excluido las lesiones y/o muertes a terceros.

g) Remoción de Escombros: En caso de incendio de edificio.

h) Gastos de Hospedaje: Si a causa del siniestro el asegurado y su familia no pudiere habitar la vivienda. El asegurador estima un porcentaje para dichos gastos.

INTEGRALES DE COMERCIO e INDUSTRIA

Esta cobertura ampara a comercios e industrias en general. Los tipos de Cobertura son:

INCENDIO EDIFICIO Y CONTENIDO GENERAL:
Daños causados por incendio, rayo, explosión, huelga, tumulto popular, vandalismo, caída de aviones, impacto de vehículos terrestres, humo.

ROBO CONTENIDO GENERAL:
Cubre las pérdidas materiales sufridas por robos como así también los daños materiales causados al inmueble por la preparación o intento de robo.

RESPONSABILIDAD CIVIL:
Ampara los daños provocados a terceros por el ejercicio de la actividad.

CRISTALES: Ampara los daños causados a las piezas vítreas del inmueble.

SEGUROS DE VIDA
PRINCIPAL: Muerte (como consecuencia de enfermedad o accidente)

ADICIONALES: Invalidez Total y Permanente (por enfermedad o accidente), Muerte Accidental (indemnización adicional del 100% del capital asegurado), Pérdidas Físicas Parciales (por accidente)

SEGUROS COLECTIVOS DE VIDA
Duración: Anual, renovable automáticamente, sin límite de duración.
Coberturas: Muerte y adicionales.

TIPO DE CAPITALES ASEGURABLES MÚLTIPLO DE SUELDOS
Exclusivo para el personal en relación de dependencia. El capital se actualiza automáticamente en función de la variación de los sueldos.

UNIFORMES
Un mismo capital para todos los asegurados. Puede actualizarse periódicamente en forma automática o por acuerdo entre las partes.

VARIABLES POR EDAD
Se establecen grupos de edades. A cada grupo se le asigna un capital distinto, siendo mayor para los más jóvenes.

SALDOS DEUDORES
El capital se ajusta al saldo de la deuda de la persona asegurada, por préstamos personales, hipotecaria, prendaria, etc.

SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO DEC. 1567/74
Cobertura: Muerte - Capital asegurado: $ 3.800 - Requisitos: Relación de dependencia.

SEGURO DE VIDA CONVENIO MERCANTIL (CCT 130/75)
Cobertura: Muerte, Invalidez total y permanente - Capital asegurado: $ 4.500 - Requisitos: Relación de dependencia - Primas: dos tercios a cargo del empleador y un tercio a cargo del empleado. -Cotización: Listado con fechas de nacimiento.

SEGURO DE VIDA COLECTIVO CONTRATO DE TRABAJO
Cobertura: Muerte, Incapacidad total y permanente (doble indemnización) - Capital asegurado: Uniforme en función de sueldo y antigüedad - Requisitos: Relación de dependencia. - Cotización: Listado con fechas de nacimiento, de ingreso al empleo y sueldos.

SEGUROS INDIVIDUALES
Se puede convenir que la indemnización se pague una vez ocurrida la muerte del asegurado, o la entrega de un capital si el asegurado sobreviviera al tiempo convenido, o se pueden combinar ambas coberturas, lo que se denomina como seguro total.
Fuente: sobreseguros.info

Las ventas de seguros de incendio crecieron un 36%

Entre julio y septiembre de 2009, la producción de este ramo ascendió a 517,5 millones de pesos, mientras que en igual período de 2008 alcanzó los 381,2 millones.

Controlarán que no haya exceso de pasajeros en automóviles y camionetas


La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), organismo dependiente del Ministerio del Interior, anunció que controlará que no haya exceso de pasajeros en los automóviles y camionetas que circulen desde y hacia los principales puntos turísticos.
Los operativos se enmarcan dentro del Plan de Seguridad Vial Verano 2010 y se realizarán de manera conjunta con Gendarmería Nacional, los que se sumarán a los ya habituales, de alcoholemia y documentación.
El director Ejecutivo de la ANSV, Felipe Rodríguez Laguens, afirmó que: “Controlaremos que el número de ocupantes del vehículo no supere la cantidad de cinturones de seguridad que posea el mismo. En los operativos donde se detecte esta infracción, además de sancionar al conductor, se hará descender del vehículo a todas las personas que excedan la capacidad máxima del vehículo”.
Las leyes 24.449 y su modificatoria 26.363, establecen que para circular, la totalidad de los ocupantes deben utilizar cinturón de seguridad y los menores de 10 años deben ir en el asiento trasero.
Según estadísticas del Observatorio Vial de la ANSV, el cinturón de seguridad es uno de los elementos de seguridad (pasiva) que más reduce el porcentaje de posibilidades de sufrir lesiones en caso de colisión.     
  • Lesiones cerebrales: 33% (conductor); 56% (pasajero)    
  • Fractura de cráneo: 18% (conductor); 18% (pasajero)    
  • Heridas faciales: 45% (conductor); 64% (pasajero)    
  • Lesiones oculares: 38% (conductor); 40% (pasajero)    
  • Fracturas faciales: 6% (conductor); 6% (pasajero)    
  • Lesiones pulmonares: 33% (conductor); 58% (pasajero)      
Además los cinturones de tres puntos reducen un 45% el riesgo de muerte de los ocupantes de las plazas delanteras y un 44% de los ocupantes de las plazas traseras.
¿Cómo utilizar el cinturón?
  • Se debe abrochar el cinturón de seguridad de manera que la cinta abdominal pase exactamente sobre la cadera y nunca sobre los muslos o sobre el abdomen. Esto permitirá una correcta retención en el caso de un choque, que de otra manera puede derivar en serias lesiones.
  • Para bebés recién nacidos y hasta 9Kg de peso, se debe utilizar sillas del tipo cuna, que sujetas mediante el cinturón de seguridad del vehículo, permiten que el niño viaje mirando hacia atrás.
  • Para niños mayores que pesan más de 9Kg y hasta 15Kg, se debe utilizar sillas de seguridad que también se sujetan a la butaca del vehículo mediante el cinturón del mismo, ubicados en el sentido de la marcha del vehículo.
  • Para niños de más de 15Kg de peso, y hasta que su altura permita utilizar el cinturón como un adulto, será necesario utilizar un amoldador, que eleve al niño y permita ajustar el cinturón de seguridad sin que la cinta superior pase cerca del cuello. 
  • Fuente:100%sSEGUROS