BUESEG 2010 fue declarado de interés nacional

Los organizadores de BUESEG 2010 dan a conocer que, por el contenido y relevancia del acontecimiento, ha merecido la declaración de evento de interés nacional por parte de la Presidencia de la Nación. En igual sentido se ha expedido el Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, que mediante Resolución Nº 11 del 25 de enero ppdo., le otorgó auspicio institucional.
Vale recordar que BUESEG 2010 convocará en un mismo evento, actividades institucionales de  la Federación Mundial de Intermediarios de Seguros (WFII) y de la Confederación Panamericana de Productores de Seguros (Copaprose), con la organización de la Asociación Argentina de Productores Asesores de Seguros (AAPAS) en el marco de su 50º aniversario y de la celebración del bicentenario de nuestro país.

RIESGOS DEL TRABAJO

El impacto del aumento de jubilaciones
La Presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunció esta semana que a partir del mes de marzo, las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) se incrementarán en un 8,21%.
A partir de la vigencia del Decreto 1694/2009, modificatorio de la Ley de Riesgos del Trabajo, este tipo de decisiones, que se dan dos veces en el año (marzo y septiembre de cada año), tiene impacto directo en el valor de las prestaciones del Sistema de Riesgos del Trabajo, por lo cual hay que empezar a tenerlo en cuenta, a partir de este primer incremento.
Recordemos, entonces, lo dispuesto por aquella norma del PEN en su artículo 6º:
Art. 6º — Establécese que las prestaciones dinerarias por Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) o permanente provisoria mencionadas en el artículo 11, inciso 2, se calcularán, liquidarán y ajustarán de conformidad con lo establecido por el artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
La prestación adicional de pago mensual prevista en el artículo 17, inciso 2, de la Ley Nº 24.557 y sus modificaciones, se ajustará en la misma proporción en que lo sean las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241, modificado por su similar Nº 26.417.
 Fuente: 100%seguros