Jurisprudencia: A no ocultar o te quedas sin seguro

Reticencia en el momento de contratación del seguro.
Análisis de un caso real, que al momento del siniestro se pregunta:

¿Responderá la compañía?

Voces: CITACIÓN EN GARANTÍA ~ COBERTURA DEL SEGURO ~ DAÑOS Y PERJUICIOS ~ EXCLUSIÓN DE COBERTURA ~ PÓLIZA DE SEGURO ~ RETICENCIA ~ RIESGO ASEGURADO ~ SEGURO
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, sala G(CNCiv)(SalaG)
Fecha: 07/11/2008
Partes: Nievas, Juan José c. Ramírez, Alfredo Gastón y otros
Publicado en: La Ley Online

A raíz de una colisión entre dos vehículos, el conductor de uno de ellos, accionó contra su conductor, por daños y perjuicios. Frente a esta demanda, el juez en primera instancia, hace lugar a la misma.
La compañía de seguros, apela esta instancia, alegando falta de legitimación, ya que por parte del asegurado, había reticencia, al momento de la realización de la póliza, toda vez que el demandado, no había declarado en forma fehaciente cual era el verdadero fin para el cual utiliza el vehículo, esto era para transporte privado de pasajeros, (remis).
Ante esto, la compañía aseguradora plantea esta falta de legitimación, ya que al existir reticencia por parte del asegurado, “condimenta” de vicios al contrato con lo cual excluye la garantía de la aseguradora.
El juez de cámara hace lugar al pedido de la apelante, liberándola de sus obligaciones.


Asegurados... atención con la reticencia!!

Fuente: Yanina Arraya

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¿Italia a contramano de la tendencia mundial?

Suben el límite de velocidad a 150 km/hora

En Italia se ha aprobado una modificación a las normas de tráfico, estableciéndose que la velocidad máxima en más de 2.000 de los 6.000 kilómetros que componen su red de "Autostrade" será de 150 km. por hora, siempre que las condiciones atmosféricas lo permitan.

Asimismo, hasta los 157 km/h los radares no multarán, siendo el costo de las sanciones de acuerdo a la siguiente escala: Hasta 167 km/h de media: € 38; hasta 200 km/h de media: € 155 y quita de 3 puntos del registro; hasta 221 km/h de media: € 500 euros y quita de 5 puntos del registro y para más de 221 km/h de media: € 779 euros y quita de 10 puntos .

Por lo visto, a partir de ahora cualquiera, por un precio razonable, podrá conducir a velocidades a las que no está preparado ni él, ni en muchos casos tampoco el vehículo.

Fuente: Tiempo de Seguros

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