Los adolescentes se comprometen con el cambio vial

Según estadísticas oficiales de siniestralidad, dos adolescentes mueren por día alcoholizados al volante en siniestros viales en todo el país. Por este motivo, con el objetivo de educar a este grupo etáreo sobre las medidas de prevención y seguridad vial, crear hábitos y actitudes positivas para una mejor convivencia e incorporar la instrucción vial como parte de la educación ciudadana, CESVI ARGENTINA y la Fundación Renault desarrollaron la segunda edición del programa “Precursores de un Nuevo Tránsito”.
A través de intensas capacitaciones y trabajos de campo, los mil jóvenes de 16 y 17 años que participaron del programa, pudieron asimilar herramientas de conducción segura para tomar un rol proactivo tanto en su futuro como conductores, como en la difusión del mensaje de prevención a familiares y amigos.
Como cierre del programa, los alumnos brindaron soluciones concretas a problemáticas de seguridad vial de su entorno y las propuestas fueron evaluadas en base a la capacidad de generación y promoción de cambios reales en materia de prevención.
Los colegios ganadores fueron el Instituto Parroquial y el Instituto Almafuerte, ambos del Gran Buenos Aires. Entre sus propuestas para combatir el flagelo del alcohol en los jóvenes conductores, se destaca la importancia de elegir un conductor alternativo entre el grupo de amigos y el incremento de los controles de alcoholemia a la salida de lugares bailables y rutas, especialmente los fines de semana y en horarios nocturnos.
Asimismo, en los trabajos, los chicos también plasmaron la preocupación por la falta de respeto a las normas viales y propusieron mayores controles y sanciones para los infractores.
FUENTE: CESVI ARGENTINA

Chaleco obligatorio para conductores en Capital Federal


Los conductores que circulen por vías rápidas de la ciudad de Buenos Aires deberán llevar chalecos reflectantes para ponérselos si tienen que bajarse en caso de un desperfecto o accidente, según dispuso la Legislatura porteña  el día 26 de Noviembre de 2009.
La norma, elaborada por el legislador Daniel Amoroso -presidente de la Comisión de Tránsito-, establece que el uso de estos chalecos será "obligatorio en autopistas u otras vías rápidas" de la Ciudad  con el objeto de asegurar la visibilidad del conductor que deba bajar del vehículo, por parte de los otros automovilistas.
Según Amoroso "la intención de esta iniciativa es la prevención para salvar vidas y no la generación de más medidas punitivas". Los chalecos -los mismos que usan quienes trabajan en las calles, entre otros los empleados municipales, de empresas de servicios y los basureros- cuestan entre $ 15 y $ 33.
Actualmente hay alrededor de 500.000 autos registrados en el ámbito porteño. Y se calcula que, de lunes a viernes, ingresan 1.500.000 más de autos a la Ciudad, la mayoría por las vías rápidas: las autopistas Perito Moreno, 25 de Mayo, Illia, 9 de Julio sur, Riccheri, Buenos Aires-La Plata, General Paz, y las avenidas Cantilo y Lugones. 
Fuente: Tiempo de Seguros

Accidente protagonizado por ambulancia

En un cruce de calles una ambulancia embistió a otro rodado. La conductora de éste inició una acción contra la entidad propietaria del móvil de emergencia por los daños y perjuicios sufridos. La Justicia le dio la razón.
“El conductor de una ambulancia que, al cruzar un semáforo en rojo, embistió a un automóvil, resulta responsable por los daños y perjuicios derivados del accidente, pues no se ha demostrado la existencia de una situación de urgencia, ni la activación de la señalización visual y sonora del vehículo de emergencia que lo habilitara a efectuar dicha maniobra”.
“Las exenciones y prioridad de paso conferidas por la Ley Nacional de Tránsito a los vehículos de emergencia no otorga a sus conductores una verdadera inmunidad en cuanto al respeto de las normas que rigen la circulación vehicular”
(Cámara Nacional en lo Civil, Sala B, 20 de marzo de 2009, “L´Abate, Santa c/ Centro Gallego de Buenos Aires”)

Es frecuente la publicación de fallos dictados en causas judiciales promovidas con motivo de accidentes de tránsito en los que han intervenido vehículos de emergencia (ambulancias, policía, bomberos, etc.).

Es que, en estos casos, suele presentarse una tensión entre dos valores igualmente atendibles, por un lado la seguridad del tránsito y, por otro, la urgencia con la que deben conducirse dichos vehículos.

La Ley de Tránsito en su artículo 61 liberó a conductores de vehículos de emergencia, sólo en forma excepcional, del cumplimiento de las normas que ella misma consagra, aunque fijando algunas pautas de obligatoria observancia: deben estar en cumplimiento de su “misión específica” y sólo podrán obviar las disposiciones en la materia cuando fuera “absolutamente imprescindible”, siempre tratando de no ocasionar un mal mayor que aquél que se esté intentando resolver. La norma agrega, asimismo, que deberán advertir su presencia con sus balizas distintivas de emergencia en funcionamiento y agregando el sonido de una sirena, si su cometido requiriera extraordinaria urgencia.
En el caso de autos, como surge del extracto que hemos copiado, se acreditó que el conductor de la ambulancia intentó atravesar la encrucijada sin respetar la luz roja del semáforo y sin la sirena activada. Además, la demandada no pudo acreditar la situación de emergencia que justificara el proceder del conductor de la ambulancia.

Atento a ese cúmulo de circunstancias, el caso quedó limitado, para el Tribunal, a condenar a quien había violado la prohibición impuesta por la señal luminosa.
Pero el segundo párrafo del extracto contiene una consideración más amplia del Tribunal. Dicen allí los jueces que las exenciones que otorga la Ley de Tránsito -a las que nos hemos referido- no otorgan inmunidad a los conductores de los vehículos de emergencia. Es decir que, aun gozando de cierta tolerancia con motivo de las características de los rodados que conducen, deben observar cuidado y prudencia en el manejo de los mismos.

Fuente:www.ondaseguro.com.ar

Nota escrita por Alberto A. Alvarellos
(Titular de Alvarellos & Asociados- Abogados)

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