Advierten la falta de regulación sobre los delivery

¿Quién no utiliza un servicio de delivery habitualmente? ¿Quién no se ha quejado alguna vez de la forma en que manejan los motoqueros en las calles de la ciudad?
Lo cierto es que falta regulación para esta actividad, pese a la sanción de dos leyes al respecto.

Según informa Clarín, existe una norma que obliga a los motoqueros a anotarse en un registro, y a los empleadores a blanquearlos y brindarles mejores condiciones de seguridad. En Capital, unas 8 mil personas trabajan con la moto.

Tal como informan, desde agosto del año pasado una ley de tránsito, que permitiría reordenar la actividad de los motoqueros en el ámbito porteño, espera la reglamentación del Poder Ejecutivo. Se trata de una ley que votó la Legislatura porteña para crear dos registros públicos: uno en el que se tienen que inscribir los empleadores y otro en el que tendrán que anotarse los trabajadores. “El espíritu de la ley es regularizar la actividad y promover mejores condiciones de seguridad”, explican.

Según trascendió, la reglamentación está dilatada por las presiones de las cámaras empresarias, ya que si la ley se pusiera en funcionamiento las casas de comidas y las empresas de mensajerías deberían "blanquear" a los motoqueros; que en un 46 % trabaja en negro.

Un tema importantes que los empleadores además estarán obligados a proveer a los motociclistas de cascos y chalecos reflectantes, donde figure el nombre de la empresa y un número de teléfono, equipos de lluvia y elementos de seguridad.

“Especialistas en seguridad vial aseguran que si bien en la Ciudad se avanzó en el control a motociclistas con los operativos para chequear el uso del casco, es imprescindible regular la actividad de los motoqueros que están más expuestos a sufrir choques y caídas por el cansancio, la cantidad de horas que manejan y las presiones que sufren para llegar a destino en el menor tiempo posible”, rescata el matutino.

“La ley tuvo una altísima aceptación. Tuvimos reuniones con los principales dirigentes gastronómicos -que quizá son los que más tienen que ver con este tema- y estuvieron de acuerdo. Esta ley les permite, por ejemplo, tener contratados motoqueros por turnos de cuatro horas durante viernes, sábados y domingos”, explicó Daniel Amoroso, legislador del PRO e impulsor de la ley, quien detalló que las grandes cadenas gastronómicas tienen hasta un juicio por mes, debido a los accidentes de tránsito que protagonizan los motoqueros.

Amoroso estima que “alrededor del 50% de las leyes relacionadas con el tránsito y aprobadas en la Legislatura porteña no fueron reglamentadas por el Ejecutivo”, y una de ellas es la Verificación Técnica Vehicular (VTV), que fue aprobada en 2006, y que ya funciona, por ejemplo, en la provincia de Buenos Aires, pero que en Capital nunca se implementó.

ART: Se actualizaron los exámenes médicos obligatorios


La Superintendencia de Riesgos del Trabajo actualizó los exámenes médicos que se incluyen en el Sistema de Riesgos del Trabajo. La medida, oficializada este miércoles en el Boletín Oficial, contempla exámenes obligatorios y optativos con gran responsabilidad endilgada a las ART y a los empleadores

Con la publicación de su Resolución 37/2010, fechada el pasado 14 de enero, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo actualizó los exámenes médicos que se incluyen en el Sistema de Riesgos del Trabajo. La medida se oficializó el pasado miércoles en el Boletín Oficial Nº 31.825 .

El artículo 9 del decreto Nº 1338 había establecido que la Superintendencia de Seguros de Trabajo sería la encargada de determinar y establecer los exámenes médicos que deben realizar a los trabajadores las ART (y los empleadores).
Desde entonces no se habían producido cambios por lo cualel Organismo de Control decidió actualizar el listado de exámenes médicos obligatorios al considerar que “resulta necesario generar mecanismos para estimular la conducta de los responsables para que den cumplimiento efectivo a las medidas que impidan el acaecimiento de siniestros laborales”.
La resolución establece cinco exámenes médicos en salud incluidos en el sistema de riesgos del trabajo. El primero es el examen preocupacional, de carácter obligatorio y previo al comienzo de la relación laboral, su realización “es responsabilidad del empleador, sin perjuicio de que el empleador pueda convenir con su Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) la realización del mismo”. Luego están los exámenes periódicos, también obligatorios pero para los trabajos en los que exista exposición a los agentes de riesgo, en donde se incluye un examen médico clínico anual. 
La lista se completa con los exámenes previos a una transferencia de actividad, “toda vez que dicho cambio implique el comienzo de una eventual exposición a uno o más agentes de riesgo”; los posteriores a una ausencia prolongada; y los previos a la terminación de la relación laboral o de egreso. Estos últimos, a diferencia de los anteriores son de carácter optativo.

Fuente:Tiempo de Seguros

Los choferes estarán obligados a apagar los celulares

Los choferes de las líneas de colectivos que circulen por la provincia de Buenos Aires deberán tener sus teléfonos celulares apagados y fuera de su alcance mientras se encuentren manejando el vehículo.
Según se supo, en caso de incumplimiento de esta norma, la empresa será multada con $ 2.055 y el conductor quedará temporalmente suspendido.
Lo cierto es que la Ley Nacional de Tránsito, a la cual adhiere la provincia de Buenos Aires, prohíbe conducir utilizando auriculares y sistemas de comunicación de operación manual. Sin embargo, la resolución de la Dirección de Transporte local busca hacer responsable de la falta no sólo al empleado, sino también a la empresa.
La norma establece para los conductores, “la obligatoriedad de colocar sus elementos de comunicación móvil en modo apagado y depositarlos en un sitio especialmente dispuesto dentro de la unidad, de modo tal de que se encuentren fuera del alcance de las personas que ejerzan la actividad de conducción".
Ante el incumplimiento de la medida, los choferes sufrirán la suspensión temporaria de sus licencias habilitantes, que les serán quitadas ante la reincidencia, al tiempo que quedarán imposibilitados de ejercer la actividad.
Así, se apunta a "disminuir los factores distractores que favorecen el riesgo de siniestros viales en el ámbito de la provincia de Buenos Aires". 

Fuente:100%seguros