P...de Principiante

La justicia aceptó la exclusión de cobertura opuesta por la aseguradora

En un caso por demás, como todo aquel en el cual se analiza la validez de una exclusión de póliza opuesta por una aseguradora, la justicia en lo Comercial convalidó lo actuado por La Caja de Seguros S.A. al rechazar la cobertura respecto de una conductora principiante que sufrió un accidente cuando circulaba por un sector por el cual la ley no le permitía hacerlo.
Los miembros de la Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial se expidieron en tal sentido en los autos caratulados “Ravizzoli Alicia c/Caja de Seguros S.A. s/Ordinario". En opinión de los magistrados “El propósito del legislador de la ley 24.449, al prohibir la circulación de conductores principiantes por zonas céntricas, autopistas y semiautopistas dentro de los seis primeros meses de obtenido su registro habilitante, ha sido el de evitar que los conductores de limitada habilidad y experiencia transiten inicialmente por vías con alta concentración de vehículos y mayor velocidad permitida, por el consiguiente riesgo que ello supone.” 
La actora reclamaba por los daños sufridos por su vehículo cuando lo conducía por la Av. General Paz. La aseguradora rechazó el siniestro por cuanto en su carácter de principiante se encontraba inhabilitada de circular por dicha arteria. La sentencia de primera instancia había rechazado la demanda y la Cámara confirmó el pronunciamiento.

Fuente_TiempoDeSeguros

Ataque a los “caranchos” de riesgos del trabajo

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo, mediante la instrucción 4 de 2010, dispuso que las ART le notifiquen todas las demandas recibidas con un detalle pormenorizado de accidentes reclamados, montos, y abogados intervinientes, entre otras informaciones. Uno de los objetivos de esta norma es neutralizar el accionar de estudios jurídicos que estafan a las ART, fundamentalmente en algunas jurisdicciones del interior del país como Córdoba, Santa Fe y Mendoza, realizando reclamos por enfermedades inexistentes, por ejemplo, hipoacusia, lumbalgias, várices, y otras.

Fuente:OndaSeguro

Si circulas por la derecha siempre te dan la razón

¿Cuantas veces pensaste que al llegar a una esquina primero tenías la prioridad de pasar por más que venías de la mano izquierda? Un fallo judicial de la Cámara de Apelaciones de Circuito de Rosario  determinó que siempre tiene razón quien circula por la derecha y que "quien arriba a una bocacalle debe ceder el paso al que circula por la derecha, debiendo ser necesario detener por completo el vehículo”. Los jueces que intervinieron en esta causa son René Galfré, Ricardo Netri y Eduardo Pagnacco dentro de un fallo por accidente.

“El conductor obligado a ceder el paso, antes de trasponer una esquina, debe hacerlo únicamente cuando esté seguro de poder realizar la maniobra en su totalidad y sin constituir un obstáculo para el rodado que circula por la derecha, ya que no queda relevado de responsabilidad por el sólo hecho de llegar primero”, sostiene la resolución

Además sostuvo el magistrado Ricardo Netri, comentó hoy en declaraciones radiales que sólo es una medida "de un famoso principio del ordenamiento de tránsito, muy conocido pero poco respetado”. 
Sin embargo, dejó bien en claro el juez que. “Si va a alta velocidad, por ejemplo, no quedaría eximido de responsabilidad en un accidente de tránsito”, destacó.


Fuente: www.lacapital.com.ar / Sobreseguros