Seguro Ambiental Obligatorio: Nuevas disposiciones para consorcios

A través de la presente, la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires define nuevas pautas para los consorcios, en relación al Seguro Ambiental Obligatorio (SAO).
En ese sentido, aprueba la planilla de “Cálculo del Puntaje por los datos generales del consorcio”, que contiene los criterios que deberán ser aplicados para determinar los valores de los riesgos a cubrir para la contratación del Seguro de Caución por Daño Ambiental de Incidencia Colectiva, exigido por la Disposición DGDyPC 6013/09.
Al respecto, dispone que a partir del 1º de julio de 2010, conjuntamente con la contratación o renovación de la Póliza Integral de Consorcios, los Administradores de Consorcios serán responsables de la contratación de la cobertura referida a la Ley General del Ambiente (artículo 22 Ley 25.675). Asimismo, se dispone que a los fines de facilitar el control de cumplimiento de la obligación prevista en la referida Disposición 6013/09, los plazos de vigencia de las coberturas allí previstas deberán ser “idénticos y coincidentes”.
Por otro lado, se prorroga hasta el 1º de noviembre de 2010 el plazo para que los Administradores de Consorcios cumplan con la obligación prevista en el artículo 3º de dicha Disposición, aclarándose que quedan sin efecto las sanciones que correspondiera aplicar por incumplimiento de los plazos previamente estipulados.

Fuente:100%seguros