¿ES SUFICIENTE LA GARANTÍA DE UN INQUILINO?


Los locadores solicitan garantías para respaldar el alquiler, pero deben tener presente que pueden aparecer otras responsabilidades del inquilino.

En la inmensa mayoría de los casos este riesgo no es tenido en cuenta por los locadores de inmuebles: la forma en que deberían cubrirse de las responsabilidades asumidas por sus inquilinos.

Se deja de lado un aspecto fundamental de la relación con el locatario, cual es la eventualidad de un incendio del bien y, con más razón todavía, si el arriendo incluye bienes del propietario del inmueble.

En este caso, la solución está dada por incluir en el contrato la obligación del inquilino de contratar una póliza de incendio, con cesión de derechos a favor del locador hasta la concurrencia del valor que resulte en caso de un siniestro. Por supuesto, se deben arbitrar los medios para evitar la falta de pago de la cuota, e incurrir en pérdida de la cobertura del seguro.

Por otra parte, esta medida es una tranquilidad adicional para el propio inquilino, que frente a un evento indeseado estará debidamente cubierto y evitará un conflicto. Para preservar los intereses de ambas partes, se puede recurrir al seguro.

Una solución sencilla. Un contrato de costo sumamente accesible, para una reparación que puede adquirir valores muy significativos. 

Fuente : contacto-asegurado.com