Menores: cuando los seguros no cubren los accidentes

Una situación que provocó un gran impacto en todo el país, fue el accidente registrado en los últimos días donde un adolescente de 15 años atropelló y mató a dos jóvenes. El menor había robado el rodado a su abuela y no contaba con carnet de conducir.

Sobre este tema y las medidas que se deben tomar, El Comercial habló con Fabricio Brunelli, de Brunelli Seguros, quien dejó claro sobre las medidas que se toman en estos casos.
En primer lugar, Brunelli afirmó que recién a los 16 años y con permiso de los padres, un menor puede contar con registro nacional para conducir, requisito fundamental para que el seguro cubra los gastos del accidente. “Para que el seguro cubra los gastos, deben cumplir ciertos requerimientos y el primero es que debe contar con un registro de conducir, ya que es la Municipalidad –al actuar como juez- quien lo habilita para manejar” explicó y aclaró que si no cuenta con dicho registro, el Seguro no puede hacer nada.
La Ley Nacional de Tránsito aclara que para un menor de edad no está habilitado para estar al mando de un vehículo. “Eso es hasta los 15 años, pero si después –hasta los 18- el joven no tiene autorización de los padres para tener el carnet, entonces no lo cubre el seguro” dijo y enumeró como se trabaja en estos casos: “como exige la ley, el seguro cubre los accidentes en la medida en que los conductores no incumplan con ella. Es decir: no deben estar alcoholizados, deben respetar la velocidad y las señalizaciones y tener registro. Si incumplen alguna de estas normas, sea menor o mayor, el seguro no los respalda. Donde vos incumpliste con la ley, la garantía del seguro se anula y te toca cumplir a vos” aseguró.

Responsabilidad

El seguro es una responsabilidad civil que todo conductor está obligado a contratar para que, en caso de accidente de tránsito, cubra la responsabilidad civil del asegurado proveniente de daños materiales o personales a terceros no transportados por el vehículo. Pero ésto no significa que quien haya provocado el accidente escape a sus obligaciones penales, ante la Justicia. Al tratarse de un menor, es inimputable, la cuestión penal no se discute. En cambio, en lo civil, los padres se deben hacer cargo y no el seguro; quienes les corresponderá responder con su patrimonio. 
Hubo algunos casos resonantes, en la provincia donde estuvieron involucrados menores y adolescentes. Uno se registró hace años cuando un menor atropelló y mató a un tercero y debió cumplir arresto domiciliario. Otro sucedió en el 2010, cuando cuatros adolescentes alcoholizados excedieron la velocidad, chocaron el guarda raid y perdieron las piernas, por lo que el seguro no lo cubriría.



Fuente: elcomercial.com.ar